Caso
1: Se precisa embargar una nómina
del mes de mayo 2009 de un trabajador que está cobrando
netos 1.800€. ¿Cuanto
puedo embargarle?.
El
trabajador cobra hasta el triple del SMI 2009, por tanto
se procederá a su descuento.
Tramo
1 : El valor del SMI
2009 íntegro es inembargable. (1800 - 624 = 1176€
).
Tramo
2 : Se procede a embargar el 30% del excedente hasta
la cuantía del SMI (624). El 30% de 624€ son
187,20€.
Se
procede a restar el excedente del tramo 1 con el primer
SMI ( 1176 - 624 = 552€ ).
Tramo
3 : Se procede a embargar el 50% del SMI del excedente
del tramo 2 ( 50% de 552€ = 276€ ).
Total
embargo: 187,20 + 276 = 463,20€
Caso
2: Se precisa embargar una nómina
del mes de mayo 2009 de un trabajador que está cobrando
netos 1.000€. ¿Cuanto
puedo embargarle?.
El
trabajador cobra hasta el doble del SMI 2009, por tanto
se procederá a su descuento.
Tramo
1 : El valor del SMI
2009 íntegro es inembargable. (1000 - 624 = 376€
).
Tramo
2 : Se procede a embargar el 30% del excedente hasta
la cuantía del SMI (624). El 30% de 376€ son
112,80€.
Total
embargo: 112,80€
Caso
3: Se precisa embargar una nómina
del mes de mayo 2009 de un trabajador que está cobrando
netos 1200€ con las pagas extraordinarias
prorrateadas. ¿Cuanto puedo embargarle?.
El
trabajador cobra hasta el doble del SMI 2009, por tanto
se procederá a su descuento.
Tramo
1 : El valor del SMI
2009 más las pagas íntegro es inembargable.
(1200 - 728= 472€ ).
Tramo
2 : Se procede a embargar el 30% del excedente hasta
la cuantía del SMI (624). El 30% de 472€ son
141,60€.
Total
embargo: 141,60€
Caso
4: Se precisa embargar una nómina
del mes de mayo 2009 de un trabajador que está cobrando
netos 3.600€. ¿Cuanto
puedo embargarle?.
El
trabajador cobra hasta seis veces del SMI 2009, por tanto
se procederá a su descuento.
Tramo
1 : El valor del SMI
2009 íntegro es inembargable. (3.600 - 624 =
2.976€ ).
Tramo
2 : Se procede a embargar el 30% del excedente hasta
la cuantía del SMI (624). El 30% de 624€ son
187,20€.
Se
procede a restar el excedente del tramo 1 con el primer
SMI ( 2.976 - 624 = 2.352€ ).
Tramo
3 : Se procede a embargar el 50% del SMI del excedente
del tramo 2 ( 50% de 624€ = 312€ ).
Se
procede a restar el excedente del tramo 2 con el importe
SMI ( 2.352 - 624 = 1.728€ ).
Tramo
4 : Se procede a embargar el 60% del SMI del excedente
del tramo 3 ( 60% de 624€ = 374,40€ ).
Se
procede a restar el excedente del tramo 3 con el importe
SMI ( 1.728 - 624 = 1.104€ ).
Tramo
5 : Se procede a embargar el 75% del SMI del excedente
del tramo 4 ( 75% de 624€ = 468€ ).
Se
procede a restar el excedente del tramo 4 con el importe
SMI ( 1.104 - 624 = 480€ ).
Tramo
6 : Se procede a embargar el 90% del SMI del excedente
del tramo 5 ( 90% de 480€ = 432€ ).
Total
embargo: 187,20 + 312 + 374,40 + 468 + 432 = 1.773,60€